19/08/08

Iglesias presbiterianas

Las iglesias presbiterianas implementan como forma de gobierno, el sistema desarrollado por Suizos y Renanos, así como los reformadores religiosos del Siglo XVI, en especial Juan Calvino, quien aduce que su sistema es eminentemente bíblico.
En dicho sistema presbiteriano, Cristo es la cabeza de la Iglesia y los miembros de dicha entidad son iguales ante él. El ministerio se da a toda la iglesia; los cargos son de elección por parte de la Asamblea en pleno. La dirección como tal de las iglesias presbiterianas (algo así como el poder ejecutivo) esta regentado por un pastor y el poder legislativo y judicial, por el consistorio o cuerpo de ancianos gobernantes. Dentro de los cargos intermedios, están los diáconos, que se encargan de la recepción y despedida de los miembros, así como de las actividades para los menos favorecidos económicamente.
Pero la característica fundamental de los presbiterianos está en su macro-administración por llamarlo de alguna manera: cada iglesia es autónoma geográficamente; a su vez hace parte de una organización subregional llamada presbiterio, del cual hacen parte los pastores y ancianos elegidos para decidir en dicha plenaria. Dentro de las funciones del presbiterio está en ordenar, instalar, retirar o transferir a los ministros religiosos de su denominación. Generalmente las iglesias son autónomas en su escogencia de pastor, pero quien debe dar el visto bueno y lo posesiona en propiedad es el presbiterio. Una vez instalado, el pastor no puede ser despedido por la congregación o abandonar su feligresía sin el consentimiento del presbiterio. El presbiterio tiene también accionar religioso, financiero, jurídico y la autoridad sobre todas las congregaciones. Actúa como un tribunal de apelación para los casos procedentes de las reuniones congregacionales. Dicho presbiterio es coordinado por un moderador, que es elegido anualmente,

Por encima del presbiterio hay otra estructura administrativa superior y es el sínodo. Un sínodo está formado por varios presbiterios. Al sínodo generalmente van unos pocos representantes de cada presbiterio, pero igual hacen parte de él todos los miembros de los presbiterios respectivos. En ambos casos su jurisdicción en los tiempos modernos es leve. Se trata de un tribunal de apelación en materia judicial, y que tiene una cierta función de coordinación entre los presbiterios y las iglesias afiliadas. Un sínodo por lo general se reúne anualmente y su moderador es elegido por ese mismo lapso de tiempo.[1]

Ver también: iglesia Presbiteriana, Historia de la Iglesia Presbiteriana en Colombia
[1] Consultado en: Presbyteran(2008). Encyclopædia Britannica. Ultimate Reference Suite. Chicago: Encyclopædia Britannica.

1 comentarios, comments:

somente-jesus dijo...

Amados irmÃos! Meu nome é Ronaldo P. Mendes, sou pastor da 1ª Igreja Presbiteriana Conservadora de Barra do Garças-MT BRASIL. Parabéns pelo BLOG. (congratulations for your blog)